El aplazamiento de Verifactu a 2027 ha dado un respiro al sector, pero en un plazo de 6 meses los sistemas de facturación de las estaciones de servicio tendrán que cumplir el nuevo reglamento. En MADIC aseproda, empresa perteneciente a MADIC group, seguimos de cerca la normativa para que ninguno de nuestros clientes llegue tarde, y este es el momento de explicar qué implica y por qué conviene mover ficha ahora.
Verifactu es el nombre con el que se conoce el reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la Ley Antifraude (Ley 11/2021). Obliga a que cualquier programa de facturación garantice la integridad, la conservación, la trazabilidad y la inalterabilidad de cada registro emitido. En un negocio como una estación de servicio, donde se emiten miles de tickets y facturas al mes a través de sistemas conectados con los surtidores y el TPV, esto afecta al núcleo de la operativa diaria

¿Por qué es obligatorio Verifactu para las EESS?
La norma alcanza a prácticamente todos los autónomos y empresas que emiten facturas en España con un programa informático, con independencia de su tamaño o de su volumen. Da igual si se factura a cliente final o a otras empresas, o si se trabaja con software propio: si hay un sistema informático de facturación de por medio, tendrá que estar adaptado.
Los desarrolladores y proveedores de software ya están obligados desde el 29 de julio de 2025 a ofrecer soluciones conformes, con registros firmados y trazables. La responsabilidad empieza, por tanto, en quien fabrica el programa y termina en quien lo utiliza.
Solo quedan fuera tres supuestos concretos: quienes tributan bajo el Suministro Inmediato de Información (SII), los territorios forales de País Vasco y Navarra (con su sistema TicketBai) y quienes emiten sus facturas de forma manual en papel.
Fechas clave de Verifactu: 1 de enero y 1 de julio de 2027
El Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, trasladó la obligatoriedad a dos momentos:
- 1 de enero de 2027: para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: para el resto de autónomos y empresas.
Es el segundo aplazamiento de la medida. Conviene leerlo como lo que es, un margen adicional, y no como una señal de que la obligación vaya a decaer. El marco legal sigue vigente y las fechas están fijadas.
Qué cambia en la facturación de tu negocio
Un sistema adaptado a Verifactu introduce elementos que hoy no están presentes en muchos programas. Cada factura incorpora un código QR y una huella digital que la encadena con la anterior, de modo que cualquier manipulación quede registrada y pueda remitirse en tiempo real a la Agencia Tributaria.
Para una estación de servicio, la cuestión relevante es que su sistema de gestión y facturación quede preparado sin frenar el ritmo de emisión de tickets. Ahí es donde trabaja MADIC aseproda para que adaptarse no obligue a cambiar la manera de trabajar ni en la tienda ni en la pista.
Sanciones de hasta 50.000€ por ejercicio
Utilizar un software que no cumpla los requisitos puede acarrear multas de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal. Y como la sanción se aplica por cada ejercicio en el que no se cumpla la norma, el importe puede acumularse año tras año si el problema no se corrige. De ahí la recomendación de adelantarse a su entrada en vigor: revisar ahora el sistema de facturación, apoyarse en un proveedor cuyo software ya esté adaptado y formar al equipo para que el cambio no genere fricción cuando llegue la fecha.
Quien llegue a 2027 con los deberes hechos tendrá más control sobre su negocio y menos sobresaltos. Dejarlo para el último minuto significa competir por la atención de proveedores y asesores justo cuando todo el sector intente adaptarse a la vez. En MADIC aseproda ya trabajamos con soluciones preparadas para Verifactu. Si gestionas una estación de servicio y quieres revisar cómo encaja tu facturación en el nuevo marco, contacta con nosotros.